¿Litros de a litro? PROFECO y las multas en gasolinerías
El pasado 8 de octubre entró en vigor la NOM-005-SCFI-2017 “Instrumentos de medición-Sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos con un gasto máximo de 250 L/min-Especificaciones, métodos de prueba y de verificación publicada el 10 de octubre de 2018”, que exige la actualización o, en su caso, sustitución de despachadoras de combustible en las gasolinerías del país.
La NOM-005 indica, como parte de su fundamento de existencia, que su principal finalidad es garantizar que los instrumentos de medición que se comercialicen en territorio nacional sean seguros y exactos, con el propósito de que presten un servicio adecuado conforme a sus cualidades metrológicas, y aseguren la exactitud de las mediciones que se realicen en las transacciones comerciales.
En virtud de lo anterior, a partir de la fecha de la entrada en vigor y hasta la primer semana de noviembre de 2020, PROFECO realizó más de 500 verificaciones en diversas gasolinerías alrededor del país, imponiendo en la mayoría de las visitas distintas sanciones a los titulares de los permisos de expedición de gasolinas al público en general.
El proceso de verificación por parte de PROFECO inicia con una “Orden de Verificación Extraordinaria” de la cual el permisionario no tiene conocimiento sino hasta el día que llegan verificadores de PROFECO a la gasolinería a efectuar la visita.
Ya en la visita se levanta un acta circunstanciada en la cual los verificadores exponen las supuestas razones de incumplimiento del permisionario y proceden a la inmovilización de dispensadores.
Ante esta acción el permisionario debe realizar manifestaciones para alegar lo que a su derecho convenga y solicitar el levantamiento de medida precautoria en Estaciones de Servicio (desinmovilización de bombas) y así comenzar el procedimiento denominado “Inicio de Procedimiento por Infracciones a la Ley”, el cual generalmente culmina con la imposición de una sanción económica por parte de PROFECO hacía el permisionario.
Posteriormente, para demostrar que la multa fue impuesta de forma ilegal y combatir su validez será necesario interponer un juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa para que dicha Autoridad decrete la nulidad de la sanción interpuesta por PROFECO y así quede cancelada la multa y en consecuencia el pago de la misma.
Nuestra Firma cuenta con amplia experiencia en conocer temas de esta índole y ha conseguido exitosamente, en numerosas ocasiones, desvirtuar las multas impuestas por PROFECO evitando así que nuestros clientes tengan que pagar las sanciones que incorrectamente se les imponen.
Quedamos a sus órdenes para cualquier duda o consulta al respecto.